jueves, 29 de noviembre de 2007

CARTA ABIERTA - LEY DE AGUAS

CARTA ABIERTA DE LAS ORGANIZACIONES DE LA REGIÓN DE AYACUCHO RESPECTO AL PROYECTO DE LEY GENERAL DE AGUAS


Señores (as):

DR. ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República del Perú
DR. JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
DR. LUIS GONZALEZ POSADA
Presidente del Congreso de la República
DR. FRANKLIN SANCHEZ ORTIZ
Presidente de la Comisión Agraria del Congreso
ING. ELIZABETH LEON MINAYA
Congresista de la República
ING. JUANA HUANCAHUARI PAUCAR
Congresista de la República
LIC. JOSE URQUIZO MAGGIA
Congresista de la República
ING. ISAAC ERNESTO MOLINA CHAVEZ
Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho

Los que suscribimos las presente carta, representantes de los Comités, Comisiones de Regantes y Junta de Usuario, Plataforma de Agua de Ayacucho y Comunidades Campesinas de la Región de Ayacucho, reunidos en el Foro “DIALOGO SOBRE EL PROYECTO DE LEY DE AGUAS”, realizado en la ciudad de Huamanga los días 20 y 21 de noviembre del 2007 y organizado por la Federación Agraria de Ayacucho - FADA, Plataforma del Agua - YAKUNCHIK y la Junta de Usuarios del Distrito de Riego de Ayacucho - JUDRA, nos dirigimos a las autoridades nacionales y regionales, la sociedad civil en general y los medios de comunicación, para manifestar lo siguiente en relación al marco jurídico normativo para la gestión integral y sostenible del agua en la región de Ayacucho y el país:

Primero: Felicitar a la Comisión Agraria por la buena labor realizada con el proyecto de Ley General de Aguas (No 386/2006-CR versión de Nov 2007) que recoge principios muy importantes en relación a:

- Reconocer el derecho de acceso al agua como derecho humano fundamental. (Art 83)
- Reconocer su valor social y cultural (Art. 6)
- La Participación, información y vigilancia social
- La sostenibilidad ambiental

Segundo
: Sin embargo, el Foro opina que se debería mejorar el Proyecto Ley según las siguientes observaciones:

1. Sobre la institucionalidad.-

· RESPETAR a las Comisiones de Regantes, Juntas de Usuarios y autoridades comunales para la autorización y verificación de las inversiones según el principio de Consulta Previa Libre e Informada (Ley General de Medio Ambiente Art. 48 y 72, y la Resolución Ministerial 596-2006-EM/DM). Asimismo establecer el Referéndum como mecanismo de consulta publica sobre las Inversiones que afecten el Ambiente.
· REFORZAR la participación mayoritaria en los Consejos de Cuenca de las comunidades campesinas y nativas, juntas de usuarios, EPS, JASS, Gobiernos Locales y Regional.
· OTORGAR subsidios con fondos del Canon pagado por las empresas, para fortalecer a las comunidades y organizaciones de usuarios en temas de gestión de agua.
· INCLUIR en las Juntas de Usuarios a las EPS y JASS de cada Distrito Hidráulico

2.- Sobre el planeamiento hídrico: zonas de protección, calidad de aguas y contaminación.-

· INCLUIR la participación de las organizaciones comunales y de regantes en la declaración de zonas de veda y zonas de protección por el Consejo de Cuenca en coordinación con el Gobierno local. (Art. 101)
· ESTABLECER que la DIRESA vigile y monitoree los recursos hídricos conjuntamente con los gobiernos locales. Crear e implementar un laboratorio ambiental reconocido de cada región para estudios y análisis de efluentes y emisiones. La calidad del agua debe ser permanentemente evaluada. (Art. 103)
· OTORGAR mayor jerarquía a las autoridades del agua en su competencia, y sobre los sectores, en el nivel fiscalizador y sancionador sobre las actividades económicas que generan infracciones ambientales. (Art. 103)

3.-Sobre la sostenibilidad económica – financiera, tarifas y servicios ambientales

· MODIFICAR el Título VII (Del régimen económico y tarifas) para que sean los Consejos de Cuenca que en coordinación con las organizaciones de usuarios fijen las retribuciones económicas y de tarifas. Estos fondos deben ser distribuidos al Consejo Nacional del Agua, Consejos de Cuenca, a las organizaciones de usuarios y a los gobiernos locales. Estos fondos deben ser descentralizados efectivamente y sobre ellos se debe ejercer vigilancia y control ciudadano (Ley de Participación Art. 116 y 117). El pago por uso de agua deberá ser diferenciado por: Uso poblacional, Agrario, Piscícola, Industrial, Minero y energético.

4.- Visión social de la Ley

· INCLUIR en el Art. 83, además de que los usos y costumbres comunales sean respetados, bajo el amparo del Convenio 169 de la OIT, el proteger y promover los derechos colectivos comunales, a través de licencias, permisos y autorizaciones considerando el ámbito territorial comunal.

Los abajo firmantes, representantes de las organizaciones mencionadas, declaramos nuestro compromiso de incidir y vigilar para garantizar estas demandas.
En la ciudad de Ayacucho a los 21 días del mes de Noviembre del 2,007






Edgart Capcha Condori - Presidente de FADA
Teodoro Quispe Mitacc - Presidente de la JUDRA
Fortunato Carrillo Medina - Presidente Plataforma de Agua de Ayacucho - YAKUNCHIK
León Fernández Barrios -Presidente Comité de Regantes de la CC de Putacca
..... siguen firmas

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