sábado, 30 de marzo de 2024

BANNERS EN LA PLAZA MAYOR: INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE INSTITUCIONES PÚBLICAS

Imágenes captadas el viernes 29-03-24.

La Municipalidad Provincial de Huamanga y la Corte Superior de Justicia - Ayacucho incumplen el artículo 76° inciso e) del REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE AYACUCHO por el que se prohíbe colocar anuncios de tipo gigantografía o banner.





REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE AYACUCHO

Artículo 76º.-En el Centro Histórico de Ayacucho, quedan prohibidos los anuncios:

a) Perpendiculares al plano de fachada de las edificaciones, pues perturban la perspectiva de la zona monumental e impiden la adecuada valoración de su arquitectura, salvo que por su diseño y dimensiones reducidas sea autorizado según el numeral 8 de estas disposiciones.

 b) Luminosos, intermitentes, brillantes o de colores intensos.

c) Con bordes de formas irregulares.

d) Ubicados en tejados, azoteas, fachadas laterales, cornisas, balcones y portadas, así como en la veredas, postes, o cualquier otro elemento del mobiliario urbano que no este expresamente autorizado, así como árboles y elementos del paisaje natural.

e) De tipo gigantografía o banner.

f) Los colocados en las puertas o ventanas de los locales, los que van sobre soportes estructurales, de pie o colgados en el exterior de los inmuebles.

g) De propaganda comercial, política o de cualquier índole, pegada o pintada directamente en los muros, puertas, ventanas y puertas de los inmuebles, incluso en los terrenos sin construir.

h) De tipo marquesinas y banderolas.

i) Los que provoquen contaminación visual o deterioro de la imagen urbana, en vías y áreas públicas.



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