domingo, 17 de noviembre de 2024
EXAMEN UNSCH 2025 - II : EXONERADOS
viernes, 21 de junio de 2024
lunes, 27 de mayo de 2024
"DOS NARRATIVAS PARA DINA" por Fernando Vivas
miércoles, 22 de mayo de 2024
lunes, 13 de mayo de 2024
domingo, 14 de abril de 2024
sábado, 30 de marzo de 2024
BANNERS EN LA PLAZA MAYOR: INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE INSTITUCIONES PÚBLICAS
Imágenes captadas el viernes 29-03-24.
La Municipalidad Provincial de Huamanga y la Corte Superior de Justicia - Ayacucho incumplen el artículo 76° inciso e) del REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE AYACUCHO por el que se prohíbe colocar anuncios de tipo gigantografía o banner.
REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE AYACUCHO
Artículo 76º.-En el Centro
Histórico de Ayacucho, quedan prohibidos los anuncios:
a) Perpendiculares al plano de
fachada de las edificaciones, pues perturban la perspectiva de la zona
monumental e impiden la adecuada valoración de su arquitectura, salvo que por
su diseño y dimensiones reducidas sea autorizado según el numeral 8 de estas
disposiciones.
b) Luminosos, intermitentes, brillantes o de
colores intensos.
c) Con bordes de formas
irregulares.
d) Ubicados en tejados, azoteas,
fachadas laterales, cornisas, balcones y portadas, así como en la veredas,
postes, o cualquier otro elemento del mobiliario urbano que no este
expresamente autorizado, así como árboles y elementos del paisaje natural.
e) De tipo gigantografía o banner.
f) Los colocados en las puertas o
ventanas de los locales, los que van sobre soportes estructurales, de pie o
colgados en el exterior de los inmuebles.
g) De propaganda comercial,
política o de cualquier índole, pegada o pintada directamente en los muros,
puertas, ventanas y puertas de los inmuebles, incluso en los terrenos sin
construir.
h) De tipo marquesinas y
banderolas.
i) Los que provoquen contaminación
visual o deterioro de la imagen urbana, en vías y áreas públicas.